En la actualidad el ejercicio físico se considera una actividad necesaria tanto para la salud física como para la mental. Por ello, el ordenamiento jurídico ofrece incentivos a su práctica. En este sentido, el art. 43.3 de la Constitucion Española establece como principio rector de la politica social y economica la promocion del deporte, un ambito de actuacion publica que es objeto de competencias compartidas entre Estado y Comunidades Autonomas, tal como señala el art. 148.1.19 CE. Si a esta peligrosidad inherente a cualquier deporte, se le añade el incremento de la practica deportiva y la mayor afluencia de publico a determinados eventos, no debe extrañar el actual aumento de accidentes deportivos, que se ha visto reflejado en un numero creciente de reclamaciones ante los tribunales por este tipo de accidentes. Esta litigiosidad ha comportado que jueces y tribunales se hayan planteado como solucionar este tipo de accidentes y la necesidad de aplicar reglas especificas atendiendo a sus particularidades. Asi, los propios organos judiciales han ido consolidando una doctrina jurisprudencial aplicable a los accidentes deportivos, en la que destaca la figura de la asuncion del riesgo. Esta breve exposicion del panorama del deporte da razon de la necesidad e idoneidad del presente trabajo, cuyo objetivo es estudiar de forma monografica la responsabilidad civil en los accidentes deportivos. Lo primero que se ha de destacar en este ambito y esta es la tesis principal del trabajo, es que el analisis de los accidentes deportivos por parte de los tribunales pivota sobre la figura de la asuncion del riesgo. Por tanto, se parte de la regla general segun la cual quien practica un deporte conoce los riesgos inherentes a su practica, de forma que si uno de esos riesgos se concreta en daño debera asumir tal resultado.