En el presente trabajo se analiza el significado y el alcance la potestad planificadora de las Administraciones Públicas como una realidad inherente al funcionamiento de las Administraciones Públicas y como una institucion basica del Derecho administrativo. Este planteamiento se constata facilmente a traves de una aproximacion a nuestro Derecho positivo vigente, tanto desde el punto de vista del regimen juridico general del funcionamiento de las Administraciones Publicas, como a partir del analisis de la legislacion sectorial. Se pone de manifiesto su trascendencia como una potestad o prerrogativa de las Administraciones Publicas que participa, por su ambito de eficacia, de la naturaleza juridica propia tanto de las potestades organizatorias, en los supuestos en que sus efectos juridicos se limitan a la esfera de la estructura y de la organizacion administrativa interna, como de las potestades normativas, en los casos en que su ejercicio influya y condicione la situacion juridica de los administrados, sus derechos e intereses legitimos. En este sentido, y en el contexto del actual proceso de transformacion de las relaciones entre los ciudadanos y los poderes publicos en el que nos vemos inmersos, la potestad administrativa de planificacion tiene como punto de partida y de llegada la consolidacion de una Administracion Publica transparente en su actuacion y en la gestion de los intereses publicos, desde la configuracion de las politicas publicas hasta su ejecucion material en los diferentes ambitos y sectores de actuacion administrativa.