La aprobación de la Ley 22/2003, Concursal, ha supuesto un profundo cambio en la protección de los derechos de cobro de la Hacienda Pública ante los procedimientos de ejecución colectiva, ya que los privilegios que tradicionalmente han acompañado al credito tributario se han visto sustancialmente recortados a partir de su entrada en vigor. Por otro lado, el reforzamiento de la vis atractiva del concurso de acreedores, que conlleva la paralizacion de todas las ejecuciones aisladas que se lleven a cabo contra el patrimonio del deudor, incluidos los apremios administrativos o tributarios, coloca a la Administracion en un entorno de menor autotutela, que la arrastra a defender sus intereses, en la mayoria de las ocasiones, en el seno del concurso. La presente monografia tiene por objeto el estudio, a la luz de la nueva regulacion, de la posicion que ocupa la Hacienda Publica como acreedora en el desarrollo de este tipo de procedimientos INDICE (Resumen): El concurso de acreedores. Algunos apuntes sobre su regimen sustantivo y procesal. Efectos de la declaracion del concurso sobre las ejecuciones y apremios. Efectos de la declaracion del concurso sobre los creditos en particular y sobre los actos perjudiciales para la masa activa. Las garantias del credito tributario y sus privilegios en las situaciones concursales. La posicion del credito tributario en el orden de prelacion y pago a los acreedores en el procedimiento concursal. La participacion de la hacienda publica en los procedimientos concursales
El Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre el Valor Añadido son los dos grandes impuestos a los que están sujetas las empresas en España. La fiscalidad empresarial exige un conocimiento profundo, no solo de las reglas basicas de tributacion, sino tambien de los tratamientos especificos aplicables a determinadas operaciones o a determinado tipo de empresas. A ese ambito de las especialidades se dirige la presente obra. Si nuestro ordenamiento tributario es de suyo complejo, el nivel de complejidad alcanza sus cotas mas altas cuando empezamos a indagar, no en el regimen general de cada impuesto (diseñado, se supone, con unas dosis minimas de racionalidad), sino en los multiples regimenes especiales que lo complementan o lo excepcionan. En el caso del Impuesto sobre Sociedades, un hecho objetivo demuestra la importancia de los mismos: de los 132 articulos de la Ley, 76 estan dedicados a los regimenes especiales, es decir, bastante mas de la mitad. De ahi que sean comprensibles las llamadas a una reduccion de tantas particularidades, procurando una aplicacion del tributo mas uniforme y simplificada. En el Impuesto sobre el Valor Añadido se combinan los regimenes especiales pensados para las pequeñas empresas (regimen simplificado o regimen del recargo de equivalencia) con aquellos que tienen su destino en las ...