Actualizada a la Ley 34/2010, de 5 de agosto, de modificación de la LCSP, LCSE y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
De todas las instituciones tuteladas por la disciplina p
Nunca antes se había hecho tanto esfuerzo por conciliar seguridad y privacidad, aparte de extremas políticas de espionaje electrónico, porque nunca como ahora la tecnología emergente y el creciente valor de la informacion se habian postulado entre las herramientas determinantes contra la criminalidad, especialmente las nuevas amenazas de la delincuencia organizada y terrorismo; a la vez que servian de freno al recurso tecnologico las avanzadas exigencias de privacidad, fruto de esas mismas tecnicas basadas en el dato que precisan de un marco de confianza digital.La interrelacion entre seguridad y privacidad/libertad es tal que ha hecho brotar una nueva rama especial en el regimen juridico de proteccion de datos. Al igual que la privacidad electronica, como lex specialis que atiende a los particulares riesgos de las comunicaciones electronicas, adaptada a los distintos ciclos tecnologicos (informatica, telecomunicaciones, internet, servicios OTT, tecnologias disruptivas), la tension privacidad versus seguridad conforma entre otros regimenes especiales un bloque complementario al RGPD y la LOPDGDD. Privacidad especial por razon de seguridad que entronca necesariamente con la ponderacion exigida a la limitacion de los derechos fundamentales.La ordenacion de este archipielago juridico no se agota con sus respectivas transposiciones en la Directiva de policia (UE) 2016/680 y regimenes operativos de las Agencias europeas de seguridad y sistemas de informacion en el espacio de justicia, libertad y seguridad; la Directiva PNR (UE) 2016/681; o la malograda Directiva de retencion de datos 2006/24/CE. Las excepciones por seguridad, inseparable del libre ejercicio de otros derechos, como la salud publica, son reiteradas a lo largo del corpus de privacidad, empezando por las bases juridicas de los tratamientos, especialmente de mano publica, y terminando por los listados generales de restricciones a los derechos y obligaciones de privacidad.El principal objetivo de la monografia es arrojar luz en la solucion del conflicto entre la seguridad, por un lado, y los derechos a la proteccion de datos personales y secreto de las comunicaciones, por otro. En que medida el esclarecimiento de determinados crimenes por ejempo puede torcer el brazo de la informacion personal y viceversa. Sin perjuicio de que la atencion a otras dicotomias de bienes juridicos permita cerrar el circulo de las fronteras de la privacidad
La preocupación por la protección de los datos personales se hace particularmente intensa en el ámbito de las comunicaciones electrónicas e Internet. Más allá de la tecnología informática, la digitalización de la transmisión electrónica y las avanzadas redes de banda ancha han avivado cuantitativa y cua-- Utativamente los riesgos de la sociedad tecnológica, llevando al instituto de protección de datos a una nueva dimensión, donde los actuales «rastros» y «redes» de comunicación están ganando terreno a los tradicionales «ficheros» o «banco de datos». La intención del presente estudio es reparar en la interacción de ambos sectores privacidad y telecomunicaciones , analizando de forma pormenorizada y crítica el fenómeno de la privacidad electrónica, en el contexto de la cruzada general por la tutela de la información personal. Con este fin son analizados los presupuestos, riesgos y respuestas desarrolladas, técnicas o jurídicas, a la luz de los distintos órdenes internacional, europeo e interno.