Evaluar la política criminal de nuestro país en la lucha contra la violencia sobre la mujer pareja es el objetivo del presente trabajo. Ha transcurrido ya más de una década desde la entrada en vigor de la LO 1/2004, de Medidas de protección integral contra la violencia de género. Pretendemos conocer si las políticas o estrategias de naturaleza penal o procesal penal previstas en esa y otras leyes relacionadas han sido realmente implementadas, averiguar en qué medida se han logrado los objetivos perseguidos, y verificar los posibles costes en los que se ha incurrido. En definitiva, comprobar si esas iniciativas legislativas han sido efectivas, eficaces y eficientes. El método plural de investigación adoptado intenta describir la compleja realidad en estudio mediante la utilización de un amplio número de indicadores. El contenido de ellos se determina mediante un análisis empírico riguroso, a partir de los datos disponibles. La gran cantidad de información aportada permite en los dos últimos capítulos sacar conclusiones relevantes sobre los aciertos y desaciertos de la política criminal española de lucha contra la violencia sobre la mujer pareja, así como formular una larga lista de recomendaciones.
Una de las novedades del Código penal de 1995 ha sido la incorporación en el Título VI de su Libro I de un conjunto de reacciones jurídicas contra el delito que denomina consecuencias accesorias, tras la regulación de las penas, de las medidas de seguridad y de la responsabilidad civil derivada del delito. Se comprenden como tales el comiso de los efectos y objetos del delito, el comiso de las ganancias que provengan del mismo, así como otras medidas aplicables a empresas, asociaciones y organizaciones delictivas, tales como su clausura, disolución o intervención, o la suspensión o prohibición de sus actividades, ya sea con carácter temporal o definitivo.
Hace algunos años que veníamos echando en falta un libro que tratase la privación de libertad en España desde una perspectiva criminológica. Escasean los libros que desde un punto de vista criminológico aborden la prisión en su totalidad. Este ofrece una visión criminológica de la realidad carcelaria, algo alejada de lo plasmado en las leyes. Pero abarcar otros contextos de privación de libertad, menos conocidos aún si cabe que la prisión, en los que la vulnerabilidad de la población interna es mayor, como son los menores y los extranjeros.