Hace casi dos décadas, el Informe Olivencia, y su correspondiente "código de buen gobierno", inició la reforma de los órganos de administración de nuestras sociedades cotizadas. Los avances en la materia han sido, contra el pronostico de muchos, constantes y decisivos desde entonces para los mercados, debido no solo a la coyuntura de un entorno economico y politico proclive al cambio de estructuras sociales y normativas, sino ademas al cambio cultural en nuestras empresas cultural en las empresas. La preocupacion por el tema rebasa la llamada agenda ministerial o parlamentaria, e incluso el ambito de las estrategias de poder de las grandes corporaciones, para trascender al centro del debate politico y social, no solo en España, sino en toda la Union Europea y Estados Unidos.Esta en juego no es solo el modo de entender la empresa por sus socios y gestores, sino la estructura de las relaciones entre empresa y sociedad, de conformidad con una cierta orientacion hacia el pujante modelo llamado de empresa socialmente responsable. El Gobierno de la Nacion encargo el pasado octubre a un grupo de expertos, previo Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de mayo de 2013, mejorar el gobierno de nuestras sociedades proponiendo las reformas societarias y del mercado de valores mas adecuadas a los estandares globales, pero tambien al estado actual de desarrollo de los modelos nacionales de buen gobierno corporativo, en el contexto de la experiencia acumulada desde la implantacion de los criterios y recomendaciones propuestas en el Codigo Unificado de Buen Gobierno (2006).La practica totalidad de las recomendaciones y criterios de los expertos gubernamentales, entre los que destacan algunos los redactores de estos primeros comentarios breves sobre el regimen de la junta general, fruto de un seminario de investigacion de la Catedra Garrigues - Comillas de Modernizacion del Derecho de Sociedades.En los diversos trabajos que ahora se publican, los propios protagonistas de la reforma, y varios vocales permanentes de la Comision General de Codificacion, explican su sentido y sus contenidos, que se incorporaran al futuro Codigo Mercantil, y cuyo tener se ha trasladado transitoriamente al Anteproyecto de reforma de la Ley de Sociedades de Capital, en las diversas materias que se acotan en la obra: derechos politicos de los accionistas, deberes de lealtad, y la modificacion de los diversos aspectos del regimen de la junta (competencias, impugnacion, regimen de asistencia, voto y representacion, entre los mas significativos). Acompaña a la obra una util referencia en apendices del tenor de las modificaciones legislativas proyectadas.
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