Trad. Alejandro García Mayo. En su Teoría de la Federación, convertida ya en referente indispensable de la teoría contemporánea del derecho, Olivier Beaud (Annecy, 1958) sortea los lugares comunes con que se asocia el estudio de los fundamentos juridico-politicos de las Federaciones historicas, tales como la pregunta por la soberania de los cuerpos juridicos federados, o el analisis de la brecha que las separa de las meras Confederaciones, en la justa medida en que son tambien callejones sin salida, caminos mal elegidos, que traban la justa vocacion del teorico: pensar la Federacion en los terminos #y a la altura# de su propia positividad, en el mejor ymenos positivista de los sentidos. Solo entonces es la Federacion comprensible, tambien para el profano,en la libre asociacion que la constituye, en los diferentes matices y problemas que la separan del Estado. Y solo entonces acaso sea transitable, ademas, como construccion de futuro, como Union Europea, sabedora de sus virtudes y potencias, no menos que de sus infranqueables limites.