En un momento de crisis global —bélica, ecológica, democrática y moral—, esta segunda edición deEl arte de ejercer la ciudadanía reafirma la urgencia de construir una ciudadanía crítica, consciente y
El envejecimiento poblacional supone un logro en las sociedades contemporáneas: vivimos más años y en mejores condiciones. No obstante, también plantea importantes desafíos. En este trabajo partimos de los conceptos de vulnerabilidad y de fragilidad asociados a las Personas mayores para analizar la incidencia y las consecuencias de la discriminacion de las Personas mayores o "edadismo".Para combatir el "edadismo", tanto social como institucional, es preciso que veamos a las Personas mayores como sujetos de derechos. Por ello, se analiza el denominado "Derecho de la Vejez" y, tomando como punto de partida teorico el "enfoque de las capacidades", se plantea una panoramica del estado actual en el reconocimiento de los Derechos Humanos de las Personas mayores. En esa revision critica nos detenemos especialmente en el analisis de algunos instrumentos regionales de Derechos Humanos que suponen un avance en el proceso de especificacion de los mismos respecto de las Personas mayores y en la discusion acerca de la oportunidad de una Convencion Internacional sobre la cuestion. Siempre desde la conviccion de que el lenguaje de los derechos resulta un instrumento de enfrentamiento eficaz contra el "edadismo" capaz de acercarnos a hacer cumplir el hermoso lema del año internacional de las Personas mayores: "por una sociedad para todas las edades".
Prensas de la Universidad de Zaragoza 9788413409320
El 9 de abril de 2024 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se incorporaba a una tendencia creciente en el plano internacional, como es la de la litigación climática. El Juez de Estrasburgo no era ni mucho menos el primero que se aproximaba a ese fenomeno en el plano internacional, pero las particularidades de un marco tan complejo como el sistema de proteccion internacional de los derechos humanos puesto en marcha por la Convencion de Roma de 1959, imponen una serie de premisas que distinguen, en diversos planos, la aproximacion que desde Estrasburgo pueda hacerse a esta realidad respecto de otras que provengan tanto del plano interno de los Estados como de otros organos internacionales.