Ya ha entrado en vigor la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas. El legislador pretende con su promulgación flexibilizar el mercado del alquiler y lograr así la dinamización del mismo. Una iniciativa legislativa más que viene, de nuevo, a modificar la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 y la Ley de Enjuiciamiento Civil. Con relación a la LAU/1994, las reformas introducidas por la reciente Ley 4/2013 afectan esencial y principalmente a los arrendamientos de vivienda. Como novedades importantes, destacan las relacionadas con el nuevo régimen jurídico aplicable a los mismos; la modificación de los preceptos que inciden directa o indirectamente en la duración del arrendamiento de vivienda; los efectos de la inscripción del arrendamiento en el Registro de la Propiedad y las relativas a la renta y a la fianza. Dada la importancia de la materia y la repercusión que tendrán las innovaciones previstas en la Ley 4/2013 en un sector tan relevante como es el mercado del alquiler de viviendas, el presente trabajo se dedica a analizar sistemáticamente y desde un enfoque práctico cada una de dichas modificaciones según el orden de las cuestiones reformadas, incidiendo en los problemas que planteará esta última iniciativa legislativa.
La custodia compartida de los menores fue introducida en el Código Civil por la Ley 15/2005, de 8 de julio. El legislador distinguió el supuesto en que son ambos progenitores quienes así lo acuerdan y solicitan al organo judicial del supuesto en que solo uno de ellos insta este modelo de guarda. Siendo diferentes los casos, tambien lo son los requisitos legales para adoptar esta medida tras la ruptura de la convivencia de los progenitores.En esta obra se analiza en profundidad la regulacion de la custodia compartida, examinando detalladamente los presupuestos legales que deben cumplirse en cada uno de esos casos. Tratandose de un procedimiento contencioso, se exponen los argumentos para defender que, a instancia de un solo progenitor, la custodia compartida se contempla en el Codigo Civil como un regimen de guarda excepcional.Asimismo, se expone la doctrina juri sprudencial acerca de este modelo de custodia y los criterios que el Tribunal Supremo considera que deben concurrir para su atribucion, dedicando especial atencion a la conflictividad entre los progenitores. La regulacion actual contenida en el art. 92 del Codigo Civil pretende volverse a reformar, por lo que se estudia el Anteproyecto de Ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental. Para finalizar, se revisa la regulacion de la custodia compartida en las leyes aprobadas por algunas Comunidades Autonomas.