Seguramente, el contrato de trabajo a tiempo parcial ha de constituir en el futuro uno de los principales remedios para reducir el desempleo y el elevado número de contratos temporales que se celebran en nuestro mercado laboral. Por ello, no es casualidad el aluvion de reformas laborales que ha afectado a esta institucion, reformas de la normativa estatal que se han dirigido hacia la busqueda de un equilibrio entre los intereses de trabajadores y empresarios en una materia tan capital como es la duracion de la jornada y el establecimiento de sencillos procedimientos para su modificacion.
En esta obra se aborda el estudio de uno de los procesos especiales del Derecho Procesal Laboral, en concreto, el proceso de impugnación de convenios colectivos, aquel al que se encomienda la solución de los conflictos originados por la colision entre la potestad normativa del Estado y la reconocida a los representantes de los trabajadores y empresarios en cuanto que comparten el mismo espacio en la regulacion de la materia laboral. Logicamente, por la preponderancia de las normas estatales, en realidad, este proceso se constituye en una institucion dirigida a controlar la validez de los resultados de la negociacion colectiva y, por ende, a depurar del ordenamiento aquellos convenios colectivos que infringen las llamadas normas imperativas o prohibitivas a traves de la expulsion total o parcial del convenio colectivo cuando este es declarado ilegal o lesiona gravemente el interes de terceros a traves de una decision de los juzgados y tribunales. Su estudio cobra un especial interes por el creciente aluvion de figuras negociales que el legislador ha incorporado al sistema de relaciones laborales sin especificar si, en realidad, son convenios colectivos y, por consiguiente, si estan sometidos al mismo tipo de control que los convenios colectivos regulados en el Titulo III del Estatuto de los Trabajadores. Esta mon...
El Ingreso Mínimo Vital se ha incorporado como una nueva prestación no contributiva que hace frente e intenta amortiguar los efectos sociales de un riesgo distinto al del resto de las prestaciones de la seguridad social, esto es, la vulnerabilidad economica y la prevencion de la exclusion social, vulnerabilidad economica originada por una ausencia de ingresos que no esta vinculada a la actualizacion de los riesgos sociales ya protegidos como la muerte, la edad, la enfermedad o la situacion legal de desempleo, sino que basta la acreditacion de la ausencia de unos ingresos minimos, cualquiera que sea el motivo que haya originado la pobreza, para acceder a su accion protectora.