La Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje surge en unas coordenadas socio-económicas y políticas notablemente diversas de aquéllas en las que nació la Ley 36/1988: una realidad económica española mas desarrollada y una economia mundial caracterizada por la consolidacion del incremento de los flujos comerciales y la interdependencia de las economias. En este entorno se produce, influenciados por los paises anglosajones, un impulso de los medios de tutela no judiciales ni jurisdiccionales, y, en especial, en el ambito propio del comercio internacional, la necesidad de armonizar, como expresa la E.M. de la Ley, el regimen juridico del arbitraje. El nuevo texto legal se dirige, de forma preferente, a dar una respuesta juridica a este fenomeno. Muchas y variadas son las caracteristicas que podrian destacarse de la Ley 60/2003, de Arbitraje: Por un lado, la voluntad de fomentar el arbitraje, especialmente el arbitraje comercial internacional, favoreciendo la conversion de España en un centro internacional de arbitraje, como se refleja en el apego a la Ley Modelo sobre arbitraje comercial internacional elaborada por la Comision de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional. Por otro, la concepcion maximalista del arbitraje desde la libertad, siendo las partes las que deciden acudir a los arbitros para la solucion de los conflictos en ambitos de libre disposicion conforme a derecho, desapareciendo acertadamente el elenco de limites objetivos al arbitraje. Junto a estas dos premisas, las novedades destacables de la Ley son multiples y variadas: la opcion a favor del arbitraje de derecho, la consolidacion de las nuevas tecnologias, el fomento del arbitraje institucional, sin perjuicio de la viabilidad del arbitraje ad hoc, la delimitacion restrictiva de las posibles funciones judiciales de control o de apoyo- en el arbitraje, la reformulacion y potenciacion de las medidas cautelares incluida la viabilidad de la tutela cautelar por los arbitros, la clarificacion de diversos aspectos del convenio arbitral, del regimen de d
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