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La regulación de la ejecución provisional constituyó en su día una de las principales innovaciones de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil. Tal novedoso régimen jurídico tiene como principio inspirador el de la opcion del legislador por la tutela del derecho de credito del ejecutante, al servicio de cuyo fin se diseña un sistema de ejecucion provisional en el que el protagonismo recae sobre la no exigencia de prestar caucion al presentar la solicitud de ejecucion provisional, asi como sobre la necesidad de que el juzgado acceda al despacho ex lege, salvo en el caso de que la sentencia sea de las no provisionalmente ejecutables o que no contuviera pronunciamiento de condena. La indicada opcion legislativa tiene como contrapunto la prevision de un regimen de oposicion a la ejecucion provisional que atiende a la dificultad o, en su caso, imposibilidad de restaurar la situacion anterior a la ejecucion provisional si con posterioridad la sentencia provisionalmente ejecutada fuera revocada, asi como la posibilidad de instar por la via de apremio la indemnizacion por los daños y perjuicios ocasionados por la ejecucion provisional.La presente publicacion, partiendo de un estudio doctrinal introductorio, da respuesta a los problemas que plantea la institucion de la ejecucion provisional desde una perspectiva eminentemente practica, con analisis de las cuestiones que se han suscitado en la jurisprudencia de nuestros tribunales, la cual se recoge de forma ordenada y sistematizada.
La tramitación de los procesos civiles en los que se impugnan los acuerdos adoptados por las sociedades de capital, sin estar legalmente configurados en la Ley de Enjuiciamiento Civil, como procesos especiales, se encuentran salpicados de un nutrido numero de especialidades procedimentales, muchas de ellas contempladas en la legislacion mercantil societaria.Asi, tanto las Leyes de Sociedades Anonimas y de Sociedades de Responsabilidad Limitada, ambas hoy derogadas, cuanto en la vigente Ley de Sociedades de Capital (RDLeg. 1/2010, de 2 de julio), aparecian especialidades procesales relativas, por ejemplo, al regimen de la legitimacion, al establecimiento de plazos de caducidad para el ejercicio de la accion, a los supuestos de improcedencia impugnatoria, etc Por su parte, en la Ley de Enjuiciamiento Civil tambien se disponen algunas especialidades procesales en la materia, por ejemplo, de competencia territorial, de medidas cautelares, etc.De todas ellas da cuenta la presente obra, que ademas incorpora la totalidad de las modificaciones que, en esta materia de impugnacion procesal de acuerdos societarios, ha introducido la reciente Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo.