En los comienzos del Tercer Milenio el Derecho Internacional Público es, sin duda, el ordenamiento jurídico de la Comunidad Internacional. Una Comunidad mundial, planetaria y cerrada, todavía caracterizada y condicionada por la soberania del Estado; soberania que se proyecta tanto sobre la creacion, la interpretacion y la aplicacion del Derecho Internacional, como sobre el proceso de codificacion de las normas internacionales. Este papel preponderante del Estado se concreta tambien en la actitud adoptada para desactivar los aspectos mas progresistas del Derecho Internacional. Asi, figuras y principios juridicos aparentemente consolidados -y con un elevado contenido progresista algunos de ellos- como las del crimen internacional, del patrimonio comun de la Humanidad o de la libertad de pesca en Alta Mar han comenzado a ser atacados y erosionados. Paralelamente, se asiste a una proliferacion de Tribunales internacionales que sugiere la necesidad de abordar la hipotesis de jurisprudencias divergentes en ambitos materiales concretos: Derechos Humanos y Derecho del Mar, entre otros. Algunos ejemplos de la practica revelan que la posibilidad de tal divergencia es real, afectando la misma a la unidad y a la coherencia del Derecho Internacional. En este contexto, el Tribunal Internacional de Justicia continua siendo -como expresa la Carta de las Naciones Unidas- el organo judicial principal de tal Organizacion. Sin embargo, su jurisprudencia mas reciente proporciona por desgracia ejemplos de una actuacion en ocasiones sumisa a los intereses de los Estados e impropia de un organo judicial que insistentemente reclama para si ese caracter de organo judicial principal de las Naciones Unidas. En definitiva, una aproximacion critica y actual a los aspectos fundamentales del ordenamiento internacional.
Los cambios acontecidos en la Sociedad Internacional de finales de siglo han repercutido también sobre la Organización de Naciones Unidas. Creada en un contexto socio-histórico determinado —finalizada la segunda guerra mundial— y con el objetivo principal del mantenimiento y la salvaguarda de la paz y la seguridad internacionales, debe hacer frente en la actualidad a nuevos retos pero, ahora, en una Sociedad Internacional profundamente transformada. Sin embargo, a pesar de los cambios, tanto la estructura de la ONU como el funcionamiento de sus órganos principales permanece inalterado, respondiendo al modelo con arreglo al cual fueron concebidos en 1945. ¿Puede cumplir la ONU sus objetivos en el siglo xxi sin modificar su tratado constitutivo? ¿Es preciso reformar la Carta? ¿Cómo hacer frente a los problemas de financiación que ponen en peligro la propia subsistencia de esta Organización? ¿Goza el Consejo de Seguridad de una discrecionalidad absoluta a la hora de calificar las situaciones que le van a permitir recurrir incluso al uso de la fuerza? ¿Puede controlar el Tribunal Internacional de Justicia al Consejo de Seguridad? ¿Debería hacerlo? ¿Cuáles son los retos a los que se enfrenta el Tribunal, así como los proyectos de creación de una jurisdicción internacional permanente? ¿Asistimos a una parálisis del proceso de codificación del Derecho Internacional en el seno de las Naciones Unidas?Este conjunto de interrogantes y problemas es abordado en la presente monografía por siete especialistas del Derecho Internacional, procedentes tanto del ámbito universitario como del diplomático y del judicial internacional, permitiendo al lector un conocimiento minucioso de las cuestiones más relevantes relacionadas actualmente con la Organización de Naciones Unidas.