Las conexiones entre la relación laboral y la Seguridad Social presentan multitud de vertientes. Una de ellas, la que se refiere a los efectos que produce en la Seguridad Social la parcialidad en la jornada laboral, en particular, sobre la accion protectora de los trabajadores, ha ocasionado sucesivos pronunciamientos de los Tribunales que han atisbado ausencias de proporcionalidad, basandose en algunos casos en la existencia de discriminacion indirecta por razon de sexo (STJUE 22 noviembre 2012, C-385/11, Elbal Moreno, y STC 61/2013, de 14 de marzo, entre otras). Todo ello, ha provocado un cambio de la normativa, contemplada basicamente en los vigentes articulos 247 y 248 del flamante texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre y con entrada en vigor el 2 de enero de 2016, manteniendose esencialmente igual en lo que atañe al nuevo Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Modificaciones que en su camino arrastran otras cuestiones colaterales que no explica la norma, y que a base de interpretaciones administrativas y sobre todo del pulcro criterio de las Salas de Justicia van arrojando luz, en la mayoria de los casos. De estos y de otros asuntos trata, La contratacion laboral a tiempo parcial y la Seguridad Social, que hace un amplio repaso de la cuestion, basculando en el Capitulo 1 sobre los origenes y fundamentos de la relacion laboral a tiempo parcial. Mas detenidamente el Capitulo 2 trata de aquellos aspectos que hacen referencia a la cotizacion derivada de la jornada a tiempo parcial en sus diversas formas. Para centrarse, a continuacion, en lo que constituye la linea medular y con mayores consecuencias practicas, como son, los efectos de la parcialidad laboral en la accion protectora del Sistema en el Capitulo 3. Incluye asimismo, en el ultimo Capitulo 4, un riguroso estudio acerca de las figuras de Seguridad Social, caracterizadas por compartir alguna de las diversas prestaciones que componen el arco protector del Sistema, con el trabajo por cuenta propia o ajena, en mas o menos proporcion. Figuras tales como la jubilacion parcial, la maternidad o paternidad en regimen de jornada parcial, propugnan la posibilidad, no tanto de compatibilizar, sino de compartir o simultanear trabajo-prestacion. Desde luego, cualquier profesional laboralista que se interne en el contenido del libro (Magistrados, Funcionarios de la Administracion, Abogados, Gestores Administrativos, Graduados Sociales) va a encontrar respuesta a las cuestiones que se plantean en la realidad del dia a dia, sin por ello dejar abandonado al estudioso que encontrara entre sus paginas, nuevas vias de investigacion cientifica.
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