Obediente al propósito de prestar ayuda y facilitar su cometido a los profesionales que, ocasional o habitualmente, ejercen su actividad en campo tan amplio y complejo como el gobernado por el Derecho administrativo, ordenamiento propio y especifico de las Administraciones publicas, El abogado administrativista se estructura en dos partes. En la primera, se comenta el articulado de la Ley reguladora de la Jurisdiccion Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio), incorporando un amplio repertorio de resoluciones jurisdiccionales seleccionadas dictadas a proposito de los distintos preceptos que disciplinan el recurso contencioso-administrativo. La segunda parte, se dedica a lo que hemos denominado Areas litigiosas, esto es, a aquellos sectores en relacion con los cuales la experiencia muestra se producen el mayor numero de intervenciones jurisdiccionales y, por tanto, del abogado: Bienes, contratacion administrativa, expropiacion forzosa, extranjeros, funcionarios publicos, medio ambiente, procedimiento administrativo, propiedades especiales, responsabilidad patrimonial de las Administraciones publicas, sanciones administrativas, trafico, circulacion y seguridad vial, tributos, urbanismo). Conscientes de la dificultad que, en ocasiones, supone localizar la norma de aplicacion, tanto mas cuanto, como sucede con frecuencia, se trata de ambitos en los que tambien han legislado las Comunidades Autonomas, se referencian las disposiciones basicas, tanto estatales como autonomicas, que regulan cada area, con sus modificaciones mas recientes, considerandose, dentro de cada una, las cuestiones que generan mayor litigiosidad y los preceptos en ellas incidentes.
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