Catedrática de Derecho Civil en la Facultad de Derecho de la Universidad de Valladolid. Es autora de varias monografías en las que ha tratado muy diversos aspectos del Derecho privado, entre las que destacan Régimen jurídico del domicilio de las personas físicas (Lex Nova), El legado de rentas o prestaciones periódicas: su protección registral (La Ley) y La hipoteca inversa. Una alternativa económica en tiempos de crisis (Lex Nova). También ha colaborado en varias obras colectivas y ha realizado numerosos artículos doctrinales en revistas jurídicas especializadas. Ha participado en diversos Proyectos I+D+I y es Investigadora Principal junto con Andrés Domínguez Luelmo del Proyecto de Investigación «Derecho transitorio, retroactividad y aplicación en el tiempo de las normas jurídicas» (Ref.: PID2019-107296GB-I00), financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación. Cabe también destacar sus aportaciones a Congresos y Jornadas internacionales en el ámbito del Derecho Civil.
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La Ley de reforma del mercado hipotecario operada a través de la Ley 41/2007, de 7 de diciembre, regula por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico la hipoteca inversa, dotándote por fin de un minimo regimen juridico a los efectos de evitar abusos por parte de las entidades que ya desde hace unos años viene ofertando este producto hipotecario. Por tanto, la regulacion por el legislado de esta figura era totalmente necesaria, pues, ultimamente, sobre todo debido a la crisis economica mundial y a los precios de las viviendas, las entidades de credito hanintentado atraer nuevos clientes mediante esta modalidad hipotecaria entre otros nuevos productos financieros.
Manual de la asignatura Derecho Civil, que consta de siete tomos, coordinados por catedráticos de universidad (obra colectiva), y bajo la dirección de Eugenio Llamas Pombo. Contenido dirigido a los
La elección del tema se justifica por los múltiples problemas que este legado plantea y por la escasa atención que ha recibido esta institución por parte de nuestra doctrina. En este sentido, llama la atencion la existencia de una normativa insuficiente y confusa. Insuficiente, porque se regula en un unico y exiguo articulo y, lo que es peor, algunos aspectos carecen de regulacion. Confusa, porque, en ocasiones, se plantean problemas de concordancia con otras disposiciones legales, o se utilizan conceptos indeterminados o expresiones ambiguas.
La presente obra trata uno de los problemas clásicos del Derecho transitorio, cual es la aplicación en el tiempo de la ley derogada y la posible retroactividad, y en qué grado, de la nueva ley. Es decir, que efectos tiene una norma respecto de las situaciones que se constituyeron con anterioridad a su vigencia. En un primer momento podria pensarse que el principio de no presuncion de retroactividad de las normas recogido en el art. 2.3 del Codigo Civil es muy sencillo, pero no es asi. Por ello se analizan de forma detallada los antecedentes historicos del principio de irretroactividad en el Derecho español y en el Derecho comparado, las principales teorias sobre la retroactividad, la eficacia de las normas juridicas y su limitacion temporal, las modalidades de retroactividad, la importancia de las disposiciones transitorias de las leyes y el principio de irretroactividad de nuestra Constitucion, dado que esta no establece un principio general de irretroactividad, ni tampoco un principio favorable a la retroactividad. Por ello ha sido necesario analizar el significado de la expresion irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales que se contiene en el art. 9.3 de la Constitucion. . Este libro ofrece un analisis profundo y completo a fin de determinar el regimen legal aplicable en los cambios legislativos, dado que se trata de una de las cuestiones mas complicadas del Derecho. El Derecho es esencialmente mutable, y el concepto de retroactividad es confuso. Dificil es determinar cuando una norma retroacciona, pues debe estar sujeto a limites. En ocasiones resulta harto complicado lograr un equilibrio entre el principio de seguridad juridica y la evolucion del ordenamiento juridico para adaptarse a los cambios sociales que se van produciendo. El Derecho transitorio resulta fundamental, pues solo cuando el legislador establece en la nueva norma cual va a ser su verdadero alcance, señalando expresamente si va a incidir o no en las situaciones creadas al amparo de la legislacion anterior y en que medida, o si por el contrario la legislacion anterior va a continuar prolongando su eficacia en determinados supuestos, habra certeza para establecer los limites temporales de aplicacion de la norma. Sin olvidar que si se pretende establecer un regimen general y uniforme en una determinada materia, es preciso conceder a la nueva ley efectos retroactivos para conseguir esa uniformidad. El estudio se completa con la realizacion de un minucioso analisis de la amplia jurisprudencia existente sobre la materia.