Inmaculada Llorente San Segundo es doctora en Derecho y Profesora de Derecho Civil en la Universidad de Zaragoza. Su actividad investigadora se ha centrado tanto en el estudio del Derecho Civil patrimonial como en la temática relacionada con la protección de personas discapacitadas ("La autotutela y los poderes preventivos en el Derecho Aragonés", RDP, 2010). En el ámbito del Derecho Civil patrimonial destacan, entre otros, sus trabajos sobre la opción de compra inmobiliaria en garantía (Aranzadi Monografías, 2007), el estudio sobre la vigencia y alcance de la prohibición de pacto comisorio (Anuario de la RAAJL, 2004), el contrato de lease-back (Europa e Diritto Privato, 2008; la protección de los consumidores en condiciones generales (Estudios sobre consumo, 1999), en materia de responsabilidad por productos (La Ley, 1993), o los pactos de desistimiento en contratos de distribución (Garantías personales y distribución comercial. Ratio Legis, 2010).
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Pese al debate sobre la idoneidad de las personas jurídicas para el ejercicio de funciones tutelares, la práctica ha demostrado que son una alternativa de extraordinario interes para los directamente implicados (familias, organos judiciales ) en la designacion del titular de una funcion tutelar. En este ambito, desde hace tiempo, las Fundaciones tutelares practican "pretutelas", termino que emplean para referirse al conjunto de actividades que se inician cuando se demanda la intervencion de la entidad para el ejercicio de un regimen de guarda. . La pretutela es un paso mas en la concrecion del papel de la autonomia privada respecto de la determinacion del contenido del regimen de proteccion, que ya no se establece de forma unilateral por el ordenante o terceros (delacion voluntaria), sino que incorpora el concurso de la entidad que va a ejercitarlo. Esta monografia se centra en el analisis del papel que las entidades tutelares privadas estan llamadas a cumplir en las diferentes situaciones de discapacidad, incidiendo en los factores que pueden determinar su futuro en el marco de la creciente especializacion y profesionalizacion del ejercicio de funciones protectoras. Como tal, este trabajo no se dirige tan solo a especialistas teoricos, sino tambien a jueces, notarios y perso
La igualdad de oportunidades no puede ser efectiva en un mundo donde reina la discriminación.La igualdad de oportunidades sólo existe en una sociedad que reconoce la capacidad de todos y cada uno, cada uno con una capacidad diferente, y refuerza la posicion de los que, por sus circunstancias, no pueden defender convenientemente sus derechos.Esta obra tiene la gran virtud de poner de manifiesto, de una manera sistematica, la normativa y las infracciones a la prohibicion de discriminacion en el acceso a bienes y servicios, en materias tan fundamentales que podrian encuadrarse dentro de los derechos humanos, y como tales, deberian ser garantizadas a todas las personas por el solo hecho de serlo: el acceso a lugares publicos, servicios financieros, contratos de seguros, acceso al transporte, a servicios profesionales y empresariales...
Ante los costes y riesgos anudados a las formas típicas de garantía real (hipoteca, prenda), la práctica viene reconociendo otras fórmulas más ágiles, económicas y -quizás- efectivas de protección del acreedor que han hecho surgir nuevos modos atipicos o