Marcial Pons Ediciones Jurídicas y Sociales, S.A. 9788415664352
En 1913, Jiménez de Asúa obtuvo el título de Doctor. El texto de su tesis doctoral dio lugar a un volumen titulado La sentencia indeterminada. El sistema de las penas determinadas a posteriori, que se publicó ese mismo año. Este libro es el que ahora se reedita, en conmemoración de un acontecimiento tan relevante para la ciencia del Derecho Penal de España y de Iberoamérica. Jiménez de Asúa escribió el libro en el clima científico dominado en la época por el positivismo penal, que distinguía entre diversas clases de delincuentes y entendía que la pena tenía que ajustarse al peligro de reincidencia que cada categoría de ellos presentara. A partir de aquí, fue posible pensar que la duración de la pena debe ser indeterminada o, mejor dicho, determinada a posteriori. Este sistema es el que Jiménez de Asúa llamó sistema de penas determinadas a posteriori o ulteriormente determinadas. Este planteamiento, pionero en España, supuso una importante innovación, así como la inserción de nuestro país en la discusión de la «Lucha de Escuelas» que entonces se desarrollaba en Europa. El pensamiento de Jiménez de Asúa tuvo una larga vida, atravesó distintas fases y participó siempre de las ideas de su tiempo. Pasados los años de su juventud y su admiración por el Proyecto Ferri de 1921, Jiménez de Asúa no volvió a insistir en la sentencia indeterminada. Actualmente, a los cien años de su publicación, el libro tiene un gran interés por cuanto supone una importante e ineludible base para la discusión sobre las teorías de la pena y las relaciones entre imposición de la pena y la ejecución penal. Además, las ideas que se plasman en él se hallan hoy en un primer plano, ya que la concepción básica de la sentencia indeterminada late en la llamada prisión permanente revisable y, en cierto sentido, en la custodia de seguridad.
Con la Teoría Jurídica del Delito, escrita cuando su autor contaba cuarenta y dos años, Jiménez de Asúa no sólo inauguró el curso académico de 1931/32 de la Universidad de Madrid; también dio comienzo a una nueva y definitiva fase de su pensamiento juridico penal. Pero, eso no fue todo; con esta clase inaugural se abrio tambien una nueva etapa cientifica del pensamiento juridico español. Las ideas de Jimenez de Asua respecto de la funcion social de la ciencia del derecho penal habian madurado durante los ultimos años de la dictadura de Primo de Rivera. En las conferencias dadas en las Universidades de Santa Fe (en 1929) en Argentina y Montevideo (en 1930), Jimenez de Asua habia puesto el acento de sus reflexiones en la tecnica de la aplicacion del derecho y relegado la cuestion de la llamada, a principios de siglo, lucha de escuelas , que habia ocupado el primer plano de la discusion en los primeros años del siglo XX. La primera exposicion de un sistema dogmatico moderno en lengua castellana tuvo lugar en un momento historico muy particular de la historia española: poco despues de un mes de la leccion inaugural, el 9 de diciembre de 1931, se sancionaria la Constitucion de la Republica Española, de la que el mismo Jimenez de Asua fue redactor, con la que tambien comenzaba un nuevo Estado.
"El Derecho penal de hoy es un Derecho público, normativo, valorativo y finalista que tiene la norma y el bien jurídico como polos de su eje y cuya naturaleza es eminentemente sancionadora. El Derecho penal de hoy es un Derecho publico, porque solo el Est