El lector tiene entre sus manos la segunda edición de un estudio sobre la interpretación del principio de proporcionalidad por parte del Tribunal Constitucional español que se publicó por vez primera en el año 2003. La publicacion de una segunda edicion de este trabajo corrobora, por un lado, que el principio de proporcionalidad tambien se ha consolidado plenamente en España, y que este principio tiene una naturaleza constitucional y hasta cierto punto estructural en nuestro sistema juridico. Pero lo que se ha pretendido, sobre todo, es actualizar un trabajo que desde sus origenes ha estado muy ligado a la jurisprudencia constitucional, y que no ha querido abordar la proporcionalidad desde un punto de vista exclusivamente teorico-dogmatico. En la medida, en efecto, en que la doctrina derivada de las sentencias constitucionales es vinculante para los tribunales ordinarios españoles y que la doctrina cientifica ha ido habitualmente a remolque de la propia jurisprudencia constitucional, desde un principio se ha pretendido analizar de que modo el Tribunal Constitucional ha empleado el principio de proporcionalidad en la practica y cuales han sido los resultados de su jurisprudencia. Siguiendo los mismos criterios de seleccion jurisprudencial empleados en su dia, en esta segunda edicion se ha ampliado el analisis de la jurisprudencia constitucional hasta el 1 de junio de 2015. El analisis de la ultima decada de jurisprudencia constitucional ha permitido poner al dia el trabajo y, concretamente, poner de relieve cual ha sido la evolucion de la interpretacion constitucional del principio de proporcionalidad. Cabe preguntarse, en efecto, si en los ultimos años el Tribunal Constitucional ha vuelto a una interpretacion mas formalista del test aleman de proporcionalidad, si ha seguido o profundizado en un uso mas informal del mismo, o si se han producido novedades significativas en su interpretacion. Mas alla de actualizar la primera version de este trabajo, la redaccion de una segunda edicion tambien ha permitido, como suele ser habitual, revisar o matizar algunos extremos de la primera que, por alguna circunstancia, resultan incompletos a los ojos de su autor. En este caso, el hecho de haber trabajado como Letrado al servicio del Tribunal Constitucional entre los años 2005 y 2010 me ha permitido ser testigo privilegiado de las formas de trabajo de este organo constitucional y, en definitiva, del funcionamiento real de la jurisdiccion constitucional. Desde esta perspectiva, la primera edicion no tuvo suficientemente en cuenta que las sentencias constitucionales no son construcciones dogmaticas o trabajos academicos, sino resoluciones jurisdiccionales que dan respuesta a procesos concretos, rodeados de circunstancias particulares. El paso por el Tribunal Constitucional tambien me ha llevado a tener mas en cuenta la carga de trabajo del Tribunal, asi como las consecuencias de una determinada forma de trabajar en el rigor dogmatico y la coherencia interna de sus resoluciones.
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