Las Administraciones públicas son las mayores detentadoras de información, una parte muy importante de la cual está relacionada con personas determinadas, y protegida por el denominado "derecho a la proteccion de datos". Este derecho, sin embargo, se enfrenta a una curiosa paradoja, ya que nacio como barrera a la acumulacion de datos personales por la Administracion, pero en la actualidad los mayores riesgos para su efectividad provienen de los tratamientos privados. Ello explica que la normativa que lo desarrolla parezca ideada, principalmente, para regular este segundo tipo de tratamientos, cuyos presupuestos distan de los efectuados por Administraciones Publicas que estan al servicio del ciudadano, y, respecto de las cuales, un flujo informativo de informacion personal es presupuesto para la eficaz persecucion de los intereses generales. Por ello, los principios y facultades que integran el contenido del derecho a la proteccion de datos cuentan con un alto numero de excepciones y matizaciones, de modo que elementos claves como el consentimiento, la cancelacion o el propio regimen sancionador tienen un juego muy reducido en el caso de los ficheros publicos. Asimismo, es necesario armonizar la proteccion de datos con el principio de publicidad de la actividad administrativa, cuestion que se aborda con especial atencion en la obra que ahora presentamos. El objeto de este estudio se encuentra aun en una primera fase de definicion, tanto en el plano legislativo, como en el jurisprudencial y en el doctrinal. Precisa de un analisis especifico respecto del tratamiento administrativo de datos que ha de integrar esta nueva dogmatica en el conjunto del Derecho Administrativo de forma armonica, sin que quepan soluciones maximalistas que pugnen, bien por un derecho absoluto a la reserva de los datos personales, bien por un despojo al ciudadano de cualquier posibilidad de control del flujo informativo de informacion sobre su persona. El presente trabajo aborda esta tematica a partir de un estudio del Derecho europeo y de la dogmatica constitucional del derecho a la proteccion de datos, para centrarse, a continuacion, en el regimen de los ficheros publicos. Va dirigida tanto al ambito academico como al de las Administraciones publicas territoriales, institucionales, Universidades, Corporaciones de Derecho Publico y, en general, a todos los operadores juridicos y ciudadanos que, a diario, entablan relaciones con la Administracion.
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